Permisos de residencia desde España como turista: guía práctica y plazos reales
Si te encuentras en España como turista y estás valorando regularizar tu situación sin salir del país, es importante saber que no todos los permisos pueden solicitarse desde España ni en cualquier momento. Cada autorización tiene su propio régimen jurídico y, sobre todo, plazos distintos. Confundirlos es uno de los errores más habituales y una de las principales causas de denegación.
En este artículo te explicamos, de forma clara y actualizada, qué permisos pueden solicitarse desde España estando como turista, en qué momento y con qué matices.
1. Estar en España como turista: el punto de partida
Entrar en España como turista implica estar en situación de estancia, no de residencia.
Esto supone:
- Un máximo de 90 días de permanencia.
- Prohibición general de trabajar.
- Limitaciones claras para cambiar de estatus migratorio.
Regla general: las autorizaciones de residencia se solicitan desde el país de origen. Excepción: solo aquellos supuestos expresamente habilitados permiten presentar la solicitud desde España.
2. Permisos que sí pueden solicitarse desde España
2.1. Nómada digital: antes de cumplir los 3 meses
La autorización de residencia para teletrabajadores de carácter internacional (nómada digital) puede solicitarse desde España, pero solo mientras la persona se encuentra en situación legal de estancia.
En la práctica:
- Debe presentarse antes de cumplir los 90 días desde la entrada.
- Es imprescindible haber entrado legalmente en España.
- Una vez superado el periodo de turista, esta vía deja de ser viable desde España.
Es una de las opciones más sólidas, pero muy dependiente del timing.
2.2. Visado de estudios: antes de cumplir 60 días
El visado de estudios tiene un plazo aún más estricto cuando se solicita desde España.
Para que sea viable:
- El solicitante debe encontrarse legalmente en España.
La solicitud debe presentarse:
- antes de cumplir 60 días desde la fecha de entrada, y
- cuando aún resten al menos 30 días de estancia legal.
- Debe presentarse antes del inicio de los estudios.
- La formación debe ser oficial o reconocida y el centro estar autorizado.
Es una vía legal, pero muy sensible al calendario.
2.3. Familiar de ciudadano de la Unión Europea: incluso después
Si eres familiar de un ciudadano de la Unión Europea, puedes solicitar la tarjeta de familiar de ciudadano UE directamente desde España.
En este caso:
- La entrada como turista es válida.
- No es imprescindible presentar la solicitud dentro de los 90 días.
- Puede solicitarse incluso después de haber superado el periodo de estancia turística.
- Aquí prima el derecho a la libre circulación y a la vida familiar.
2.4. Familiar de ciudadano español: incluso fuera del periodo de turista
Con la reforma del Reglamento de Extranjería se creó una autorización específica de residencia temporal para familiares de ciudadanos españoles, que inicialmente parecía exigir la solicitud desde el exterior mediante visado. Sin embargo, el criterio actualmente aplicable es el fijado por las Instrucciones SEM 2/2025, que han aclarado la forma de tramitación.
A día de hoy:
- La solicitud puede presentarse directamente desde España.
- No es obligatorio solicitar visado en el consulado.
- La entrada como turista es válida.
- Puede presentarse incluso aunque ya haya transcurrido el periodo de estancia turística.
Este permiso aplica, entre otros, a: Cónyuge o pareja de hecho.
- Madre y padre.
- Suegra y suegro.
- Hijos e hijastros:
- Menores de 18 años,
- Entre 18 y 26 años,
- Mayores de 26 años.
La Administración seguirá comprobando:
- Que la entrada haya sido regular.
- Que el vínculo familiar esté acreditado.
- Que no exista fraude de ley.
Es una de las vías más flexibles en cuanto a plazos, pero requiere una preparación rigurosa del expediente.
3. Permisos que no pueden solicitarse desde España como turista
Con carácter general, no pueden solicitarse desde España:
- Visado de trabajo por cuenta ajena ordinario.
- Autorizaciones de cuenta propia tradicionales fuera de la Ley de Startups.
- Otros visados nacionales que exigen tramitación consular.
Forzar estas vías desde España suele acabar en denegaciones evitables.
4. Resumen claro de plazos
- Nómada digital → antes de cumplir 90 días.
- Estudios → antes de cumplir 60 días (y con al menos 30 días restantes).
- Familiar de ciudadano UE → puede solicitarse incluso después.
- Familiar de ciudadano español → puede solicitarse incluso fuera del periodo de turista.
5. Cierre: por qué el momento lo es todo
Muchos expedientes se deniegan no por falta de requisitos, sino por:
- Presentar fuera de plazo.
- Confundir regímenes jurídicos.
- Aplicar reglas de un permiso a otro.
Estar en España como turista sí abre oportunidades reales, pero solo si se elige la vía correcta en el momento correcto. En Nomadis analizamos cada caso de forma individual y con criterio jurídico realista. Si existe una vía legal desde España, la planteamos. Si no existe, te lo diremos con claridad y a tiempo. Una buena estrategia migratoria empieza antes de que se acaben los días de estancia.