Regularización extraordinaria de inmigrantes 2026 en España
February 5, 2026

España 2026: reforma del reglamento y nueva regularización extraordinaria de inmigrantes

1. Introducción

En enero de 2026, el Gobierno de España aprobó una reforma del Reglamento de Extranjería que introduce una regularización extraordinaria de personas extranjeras que ya se encuentran en el país.

Se trata de una modificación reglamentaria expresa, aprobada mediante Real Decreto, con carácter excepcional y temporal, que habilita una nueva vía de acceso a la residencia legal durante un periodo limitado de tiempo en 2026.

Esta reforma no sustituye al régimen general de extranjería, pero lo modifica de forma puntual para dar respuesta a una realidad social y administrativa consolidada.

2. Antecedentes: las regularizaciones en España

España ha recurrido históricamente a procesos de regularización extraordinaria cuando el marco ordinario no permitía absorber situaciones de hecho ya existentes.

Entre las más relevantes destacan:

  • Regularizaciones de los años 1991, 1996 y 2000.

  • La regularización de 2005, la más amplia, que permitió regularizar a más de medio millón de personas.

Todas ellas compartían elementos comunes:

  • Personas extranjeras con presencia prolongada en España.

  • Integración social y, en muchos casos, laboral.

  • Falta de vías legales realistas para acceder a la residencia por el régimen ordinario.


La regularización de 2026 se inscribe en esta misma lógica, aunque con un diseño más acotado, criterios definidos desde el inicio y un plazo cerrado.

3. Naturaleza jurídica de la regularización de 2026

Es importante ser precisos:

  • Sí es una reforma del Reglamento de Extranjería.

  • Esa reforma introduce una regularización extraordinaria, limitada en el tiempo.

  • No es una instrucción administrativa ni una mera flexibilización interpretativa.


La regularización existe porque el Reglamento se modifica expresamente para crear esta vía excepcional de acceso a la residencia legal.

4. Qué persigue esta reforma reglamentaria

Según la información institucional publicada, la reforma tiene como finalidad:

  • Reducir la irregularidad administrativa estructural.

  • Regularizar situaciones de permanencia ya consolidadas.

  • Incorporar a la legalidad administrativa a personas ya integradas en la sociedad española.


Dar una respuesta específica a colectivos que no encontraban encaje en el sistema ordinario, incluidos determinados solicitantes de protección internacional.


5. Calendario oficial del proceso

El calendario previsto para la regularización extraordinaria es el siguiente:

  • Apertura de solicitudes: abril de 2026

  • Cierre del proceso: junio de 2026


El proceso es temporal y cerrado. Las solicitudes deberán presentarse dentro de ese periodo. Fuera de plazo, no será posible acogerse a esta regularización.

6. Requisitos generales conocidos

Aunque el texto definitivo del Real Decreto concretará los detalles finales, ya se han hecho públicos los criterios básicos de acceso:

  • Encontrarse en España antes del 31 de diciembre de 2025.

  • Acreditar al menos 5 meses de permanencia continuada en España en el momento de presentar la solicitud.

  • Carecer de antecedentes penales en España y en el país o países de residencia anteriores.

  • Presentar la solicitud dentro del plazo oficial (abril–junio 2026).


La regularización no es automática: exige solicitud expresa y acreditación documental suficiente.

7. Inclusión de solicitantes de asilo y protección internacional

La reforma del Reglamento incluye de forma expresa a personas solicitantes de asilo o protección internacional, con un criterio específico:

  • Podrán acogerse quienes hayan presentado su solicitud de protección internacional antes del 31 de diciembre de 2025.

  • En estos casos, el elemento determinante es la fecha de la solicitud de asilo, no la situación administrativa posterior.

  • La regularización se configura como una vía alternativa de acceso a la residencia, en los términos que establezca el Real Decreto, para personas con procedimientos de protección internacional pendientes, denegados o sin resolución definitiva.

Este punto supone una novedad relevante respecto de regularizaciones anteriores.

8. Documentación y preparación

Aunque el plazo aún no está abierto, ya es posible —y recomendable— preparar la documentación básica, entre ella:

  • Pruebas de haber ingresado a España antes del 31/12/2025, lo que se acreditará por medio del pasaporte, que se debe escanear completo (todas las hojas, aunque no tengan sellos). 

  • Documentación que confirme la permanencia continuada (empadronamientos, documentos oficiales, informes) por el tiempo exigido de 5 meses a la fecha de la solicitud. 

  • Certificados de antecedentes penales de los países en los que se haya residido, apostillados en el caso de no tratarse de un país de la UE.

  • En el caso de solicitantes de asilo, resguardos, resoluciones y documentación del expediente de protección internacional.


La correcta preparación documental será clave para evitar incidencias o requerimientos.

9. Cómo vamos a gestionar este proceso en Nomadis

Desde Nomadis abordaremos esta regularización conforme a un criterio técnico y ordenado:

  • Análisis previo
  • Revisión individual de cada caso para verificar:
  • Cumplimiento de fechas.

  • Tipo de encaje dentro de la reforma.

  • Riesgos y exclusiones.

  • Preparación del expediente
  • Checklist documental personalizada.

  • Revisión y organización de pruebas.

  • Preparación conforme al texto reglamentario definitivo.

  • Presentación y seguimiento
  • Presentación de solicitudes desde la apertura del plazo.

  • Seguimiento administrativo hasta la resolución.



10. Conclusión
La regularización extraordinaria de 2026 es una realidad normativa, articulada mediante una reforma del Reglamento de Extranjería.
Se trata de una oportunidad jurídica concreta, con requisitos definidos y un plazo limitado, que exige preparación previa y rigor documental.
Anticiparse será determinante para una correcta tramitación.

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